Por memorial presentado el 24 de marzo de 2011, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 561/2015-RA-L
Sucre, 16 de septiembre de 2015
Expediente: La Paz 69/2011
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Arturo Mamani Huanca
Delitos: Estafa y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de marzo de 2011, cursante de fs. 180 a 183 vta., Arturo Mamani Huanca, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 40/2011 de 17 de febrero de fs. 170 a 172 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Dionicio Choque Mamani, contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 335 y 337 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 561/2015-RA-L
Sucre, 16 de septiembre de 2015
Expediente: La Paz 69/2011
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Arturo Mamani Huanca
Delitos: Estafa y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de marzo de 2011, cursante de fs. 180 a 183 vta., Arturo Mamani Huanca, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 40/2011 de 17 de febrero de fs. 170 a 172 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Dionicio Choque Mamani, contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 335 y 337 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 24 de marzo de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Intitulando: “SENTIDO JURIDICO CONTRADICTORIO ENTRE EL PRECEDENTE PREEXISTENTE A
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 18 de marzo de 2011, el
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente en el primer
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
