Auto Supremo AS/0567/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0567/2015-RA-L

Fecha: 16-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 567/2015-RA-L
Sucre, 16 de septiembre de 2015

Expediente : La Paz 81/2011
Parte Acusadora : Pascual Tumiri Villarpando
Parte Imputada : Jonny Condori Hidalgo y otra
Delitos : Despojo y otros

RESULTANDO

Por memorial presentado el 29 de abril de 2011, cursante de fs. 173 a 177 vta., Jonny Condori Hidalgo y Rosmery Zuñagua Zárate, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 57/2011 de 18 de marzo de fs. 162 a 167 pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Pascual Tumiri Villalpando contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Despojo, Difamación, Calumnia, Injuria y Propalación de Ofensas, previstos y sancionados por los arts. 351, 282, 283, 285 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente.

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 11/2010 de 24 de septiembre (fs. 92 a 103), el Juez Segundo de Partido y Sentencia de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, declaró a Jonny Condori Hidalgo y Rosmery Zuñagua Zárate, autores de la comisión de los delitos de Despojo, Difamación, Calumnia, Propalación de Ofensas e Injurias, previstos y sancionados por los arts. 351, 282, 283, 285 y 287 del CP, imponiéndoles al primero la pena de tres años y a la segunda con tres años y tres meses de reclusión, más el pago de daños y perjuicios en favor del querellante y costas al Estado