Por memorial presentado el 29 de abril de 2011, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 574/2015-RA-L
Sucre, 16 de septiembre de 2015
Expediente : La Paz 101/2011
Parte acusadora : Ministerio Público y otros
Parte imputada : Agustín Ramos Quispe
Delito : Conducción Peligrosa de Vehículo
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de abril de 2011, cursante de fs. 265 a 272, Agustín Ramos Quispe, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 184/2011 de 19 de febrero de fs. 251 a 253, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Francisco Urbano Mamani Huarani y Zoraida Flores Choquehuanca, contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Conducción Peligrosa de Vehículos, previsto y sancionado por el art. 210 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 574/2015-RA-L
Sucre, 16 de septiembre de 2015
Expediente : La Paz 101/2011
Parte acusadora : Ministerio Público y otros
Parte imputada : Agustín Ramos Quispe
Delito : Conducción Peligrosa de Vehículo
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de abril de 2011, cursante de fs. 265 a 272, Agustín Ramos Quispe, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 184/2011 de 19 de febrero de fs. 251 a 253, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Francisco Urbano Mamani Huarani y Zoraida Flores Choquehuanca, contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Conducción Peligrosa de Vehículos, previsto y sancionado por el art. 210 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 29 de abril de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificado el recurrente con el Auto Complementario (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Agrega que tampoco cursan en obrados ni se habrían valorado, la falta del examen de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Antes de ingresar al análisis de los demás requisitos de admisibilidad, es preciso señalar que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
