Auto Supremo AS/0582/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0582/2015-RA-L

Fecha: 17-Sep-2015

De la revisión de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


c) El 8 de agosto de 2011 (fs. 664), fue notificado el recurrente con el Auto de Vista referido y el 12 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación.

II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

El recurrente, denuncia que el Tribunal de Sentencia consideró que la acusación probó la participación activa del imputado en los ilícitos acusados, al efecto se debe considerar: i) El Auto de Vista impugnado, omitió realizar un análisis congruente de los motivos expresados en el recurso de apelación restringida que constituye vicio absoluto que atenta el debido proceso y el derecho a la defensa; que la autoridad jurisdiccional, debía dictar una resolución debidamente motivada y coherente entre la parte considerativa y dispositiva sin incurrir en contradicciones, al existir esas falencias, se debe dejar sin efecto el fallo recurrido. Señaló que los jueces son soberanos en la valoración de las pruebas, debiendo explicar las razones para admitir o desestimar los elementos probatorios, los razonamientos del fallo deben estar acordes con las reglas del pensamiento humano; para que la fundamentación sea válida, se requiere que el Tribunal funde sus conclusiones en pruebas de valor decisivo; que el Tribunal determina el hecho y la culpabilidad del procesado, mientras que el Tribunal de alzada tiene como finalidad verificar el iter lógico expresado en la fundamentación del fallo; ii) La Sentencia en el punto 6. Valoración de la prueba, inc. b), no precisa su participación activa en los hechos, excepto la declaración de los testigos Betzabé Calle Mamani, Rudy Omar Mamani. No ha tomado en cuenta lo determinado por el art. 357 del CPP y la abundante jurisprudencia, respecto a la sana crítica y logicidad. No ha verificado si el iter lógico expresado en la fundamentación de la Sentencia, se encuentra acorde a las reglas del recto entendimiento humano o si la motivación es clara, expresa y completa con arreglo a las reglas de la sana critica como son la lógica, experiencia y la psicología