b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs. 216 a 219), a su vez los imputados Tolentino Remy Flores Carrillo y Basilio Vásquez Ortiz formularon recursos apelación restringida (fs. 228 y vta.), resueltos por Auto de Vista 324/11 de 4 de abril de 2011, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; quien, declaró procedente el recurso planteado por el Ministerio Público; en consecuencia, anuló totalmente la Sentencia apelada y ordenó la reposición del juicio por otro Tribunal, sea con las formalidades de ley
- Por memorial presentado el 29 de julio de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
- Del memorial de fs. 263 a 264 vta., se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Respecto a los demás requisitos, se observa que los recurrentes denuncian que el Tribunal de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
