POR TANTO: La Sala Social Contenciosa y Contenciosa Adm
POR TANTO: La Sala Social Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto por Oscar Julio Terán Ayala en representación del Servicio Departamental de Caminos de Pando de fs. 69 a 70; Sin costas
- CONSIDERANDO I
- En conocimiento de la Sentencia, el apoderado legal del demandante Douglas Domínguez Rojas interpuso el
- Contra el citado Fallo, Oscar Julio Terán Ayala interpone recurso de apelación a través de
- En lo referente a la vacación, citando lo dispuesto por el art
- Concluyó pidiendo se revoque tanto el Auto de Vista impugnado como la Sentencia pronunciada por
- CONSIDERANDO II
- Asimismo, se debe tener en cuenta que conforme al art
- La misma norma procesal en su art
- Así entonces en los casos que una de las partes no hubiese formulado recurso
- Por lo expuesto, corresponde resolver el recurso de casación conforme advierte el art
- POR TANTO: La Sala Social Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
