i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes
Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos prescritos en los arts. 416 y 417 del citado cuerpo legal, cuales son:
i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista impugnado o en su caso con el Auto de Complementación, ante la Sala que emitió la resolución impugnada
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) El 14 de julio de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El recurrente identifica como contradicciones de la Sentencia, que: i) En varios acápites de la
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 14 de julio de 2015, el
- A los fines de establecer el cumplimiento o no de los requisitos de formalidad del
- Además, las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
