De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
En mérito a las acusaciones pública y adjuntada (fs. 11 a 14 y 15) y particular (fs. 306 a 312), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, por Sentencia 01/2011 de 3 de febrero (fs. 633 a 642), declaró a Helen Cristian Aguirre Inofuentes, autora y culpable de la comisión del delito de Lesiones Gravísimas, previsto y sancionado por el art. 270 incs. 2) y 4) con relación al art. 274 del CP, por existir prueba suficiente sobre la responsabilidad penal de la acusada, condenándola a sufrir la pena de prestación de trabajo de un año, a cumplir en el Instituto de Adaptación Infantil, dependiente del Servicio Departamental de Gestión Social; en aplicación del art. 36 del mismo Código, inhabilitación especial de dos años para el ejercicio de su profesión y al pago del daño civil ocasionado, más costas en favor del Estado
- Por memorial presentado el 24 de agosto de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- a) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Helen Cristian Aguirre Inofuentes (fs
- Argumenta que: 1) Los elementos constitutivos del tipo penal de Lesiones Gravísimas, tipificado en el
- Con relación a cada una de las impugnaciones descritas, la recurrente citó varios Autos Supremos,
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- En primer término, cabe recordar que este Tribunal de manera uniforme y reiterada ha establecido
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- En el caso de autos, se establece que el 18 de agosto de 2011, la
- Antes de ingresar al análisis de fondo de los motivos expuestos en casación, es preciso
- En ese contexto, de la descripción de los motivos de casación expuestos por la recurrente,
- No obstante lo señalado, al existir expresa denuncia de concurrencia de defectos absolutos y violación
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
