Indicó también que se demostró con el Memorándum Rectorado Adm
Indicó también que se demostró con el Memorándum Rectorado Adm. N°. 008/04 de 13 de agosto, que la demandante ingresó a trabajar el 13 de agosto de 2004 y no el 13 de agosto de 2003, por lo que se debe efectuar un nuevo cálculo respecto al tiempo de servicios de la demandante
- CONSIDERANDO I
- El mencionado Auto de Vista originó que la Universidad demandada a través de su representante
- Indicó también que se demostró con el Memorándum Rectorado Adm
- CONSIDERANDO II
- Así también, el recurso de casación en el fondo, debe fundarse en errores in judicando,
- Cabe recordar que conforme al art
- Bajo este contexto, se advierte que el recurso de casación propuesto, no cumple con las
- En ese sentido, mal podría este Tribunal casar un Auto de Vista sin que la
- Por lo señalado, corresponde resolver el recurso de casación cursante de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
