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    Auto Supremo AS/0601/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0601/2015-RA-L

    Fecha: 17-Sep-2015

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    • Por memorial presentado el 16 de agosto de 2011, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Mario Antonio Chavarría Nieto y Nelva Mariel Ferreyra
    • c) El 10 de agosto de 2011 (fs
    • De la revisión del recurso de casación, se extraen como motivos, los siguientes
    • 2) Argumentan que la Sentencia condenatoria y la “CONFIRMATORIA”, vulneran los arts
    • 3) Arguyen la concurrencia en defectos absolutos previstos en el art
    • Refieren como jurisprudencia judicial los Autos Supremos 277 de 9 de marzo de 2007 y
    • El art
    • forma que todo ciudadano tenga la certeza y seguridad que la norma procesal y material
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • En primer término, cabe recordar que este Tribunal de manera uniforme y reiterada ha establecido
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se establece, que el recurso fue interpuesto dentro del plazo
    • Con relación al primer motivo, en el que los recurrente efectúan una miscelánea de argumentos,
    • Sobre el segundo motivo, en el que los recurrentes argumentan la existencia de un
    • Por último, no obstante haberse establecido supra que los Autos Supremos citados sin la debida
    • En consecuencia, este Tribunal concluye que el recurso intentado no cumple los requisitos exigidos en
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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