Auto Supremo AS/0601/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0601/2015-RA-L

Fecha: 17-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la querella y/o acusación particular (fs. 7 a 10), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Juez Tercero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 11/2011 de 09 de marzo de 2011 (fs. 137 a 141); por la que, declaró a los imputados Mario Antonio Chavarría Nieto y Nelva Mariel Ferreyra Fernández, autores de los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal, al primero se lo condenó a una pena de tres años de reclusión, mas multa de doscientos días a razón de Bs.- 5 (cinco bolivianos) por día; y, a la segunda dos años y tres meses de reclusión más multa de ciento cincuenta días a razón de Bs.- 5 (cinco bolivianos) por día