Auto Supremo AS/0605/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0605/2015

Fecha: 08-Sep-2015

VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Karla Elizabeth Zurita Plata en

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 605
Sucre, 8 de septiembre de 2015

Expediente: 100/2011-A
Demandante: Gobierno Municipal de La Paz
Demandado: Consuelo Maidana Barrios y otros
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia

VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Karla Elizabeth Zurita Plata en representación legal del Gobierno Municipal de La Paz, de fs. 162 a 163 vta., contra el Auto de Vista N° 105/2010 SSA.II de 13 de mayo, cursante a fs. 160 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso Coactivo Fiscal seguido por la entidad ahora recurrente de casación contra de Consuelo Maidana Barrios, Rolando Enríquez Rojas, Luis Alberto Valle Ureña y Daniel Quevedo Villagómez; sin respuesta de la parte contraria al mencionado recurso, el Auto Nº 48/2011 de 11 de febrero a fs. 166, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Que, en la tramitación del proceso coactivo fiscal, la Juez Segundo de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de La Paz, pronuncio la Sentencia N° 67/2009 de 10 de agosto de 2009, que corre de fs. 142 a 147, declarando improbada la demanda opuesta por el Gobierno Municipal de La Paz, y probada la excepción de prescripción opuesta por Daniel Quevedo Villagómez y Rolando Enríquez Rojas disponiendo: Primero.- Dejar sin efecto la Nota de Cargo Nº 25/04 a fs. 85 girada contra Consuelo Maidana Barrios, Rolando Enríquez Rojas, Luis Alberto Valle Ureña y Daniel Quevedo Villagómez por la suma 1.760.-equivalente a $us.378.72.- (trescientos setenta y ocho 72/100 dólares americanos). Segundo.- Levantar las medidas precautorias dispuestas contra los coactivados