Al respecto debemos señalar que, el art
CONSIDERANDO II:
II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, se vislumbra como un primer reclamo el referido a la acusada errónea interpretación del art. 19 de la LGT, respecto al sueldo promedio indemnizable.
Al respecto debemos señalar que, el art. 19 de la Ley General del Trabajo (LGT), en relación al sueldo promedio indemnizable, dispone: ”El cálculo de la indemnización se hará tomando en cuenta el término medio de los sueldos o salarios de los tres últimos meses”. Por otra parte, el art. 11 del DR-LGT modificado por el artículo único del DS Nº 3641 de 11 de febrero de 1954, establece: “El cálculo de la indemnización se hará tomando en cuenta el promedio del salario o sueldo, en los tres últimos meses tratándose de sueldo mensual; y en los últimos 75 días trabajados, tratándose de salario diario”
II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, se vislumbra como un primer reclamo el referido a la acusada errónea interpretación del art. 19 de la LGT, respecto al sueldo promedio indemnizable.
Al respecto debemos señalar que, el art. 19 de la Ley General del Trabajo (LGT), en relación al sueldo promedio indemnizable, dispone: ”El cálculo de la indemnización se hará tomando en cuenta el término medio de los sueldos o salarios de los tres últimos meses”. Por otra parte, el art. 11 del DR-LGT modificado por el artículo único del DS Nº 3641 de 11 de febrero de 1954, establece: “El cálculo de la indemnización se hará tomando en cuenta el promedio del salario o sueldo, en los tres últimos meses tratándose de sueldo mensual; y en los últimos 75 días trabajados, tratándose de salario diario”
- Demandada: Empresa CELUWORD E.D.A.S
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y la forma fs
- En grado de apelación deducido por ambas partes (fs
- El referido Auto de Vista, dio lugar al recurso de casación interpuesto por María Silvia
- b) Señaló que, pese a estar correctamente fundamentado la causal de retiro del demandante,
- c) Indicó que, en cuanto a la prima, que ésta se refiere a la prima
- Finalizó el recurso, solicitando al Tribunal de casación, case el Auto de Vista recurrido y
- Al respecto debemos señalar que, el art
- Por otra parte, en cuanto a la
- Por ello se
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula el honorario del profesional abogado de la parte demandante en la suma de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
