Auto Supremo AS/0621/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0621/2015-RA-L

Fecha: 17-Sep-2015

De la revisión del recurso de casación, se extraen el siguiente motivo


II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extraen el siguiente motivo:

Refiere, errores cometidos por el Juzgado de Sentencia y que le impuso una condena injusta, por los siguientes motivos: a) Que las pruebas no fueron valoradas correctamente y carecen de eficacia probatoria como lo establece el art. 13 del Código de Procedimiento Penal (CPP), no demostraron la existencia de la comisión del delito en vulneración de los arts. 72 y 173 del Código ya referido; b) Refiere la vulneración del art. 6 en su párrafo tercero del CPP, porque no se sustentó fundadamente su autoría en el ilícito imputado, aspecto de debiera recaer sobre la aplicación del art. 13 del Código de Procedimiento Penal (CPP); además, señaló que no hay pena sin culpabilidad; c) Refiere, que las pruebas testificales fueron contradictorias e imprecisas; por lo que, no debieron ser tomadas en cuenta para emitir la Sentencia; d) Durante el juicio oral se demostró que los querellantes no habitaron el inmueble motivo de despojo, pues al no existir construcción de una vivienda no puede haber despojo; y, e) Señala que se infringió, los art. 116 de la Constitución Política del Estado (CPE) y el art. 6 del CPP, porque no se debe presumir la culpabilidad y la carga de la prueba le corresponde al acusador y los arts. 171 y 173 del CPP debido a que no se puede sustentar un fallo en declaraciones imprecisas de favor realizadas por los testigos de cargo