De la revisión recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
Señala la recurrente que la Sentencia de mérito, incurrió en una errónea aplicación del art. 271 del CP, porque omitió subsumir adecuadamente el tipo penal por el que se la condenó, en función a todos sus elementos constitutivos; puesto que estableció que su persona agredió a la víctima, alegando que aquella conclusión subjuntiva está sustentada en las pruebas testifical y documental aportadas en la causa; no obstante lo cual, la Jueza de la causa no realizó ninguna consideración con relación a cuáles son los elementos de convicción testificales o documentales que demostraron que la incapacidad, en función a los días de impedimento establecidos en el certificado médico forense, se hubiese acreditado. Lo que implicaría que la sola referencia a los 15 días de impedimento en el citado certificado, codificado como MPD3, hubiese producido la incapacidad de la víctima para el ejercicio de su trabajo o en su caso, para sus habituales tareas como emergencia de las lesiones que se causó; es decir, que la Jueza establece que las lesiones causadas a la víctima habrían ocasionado una objetiva incapacidad para ejercer sus habituales labores
- Por memorial presentado el 27 de abril de 2011, cursante de fs
- b) Contra la referida Sentencia, la imputada Aydee Challapa Copa, interpuso recurso de apelación restringida
- c) Notificada la recurrente con el mencionado Auto de Vista el 21 abril de 2011
- De la revisión recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Defecto que alega se mantiene en el Auto de Vista; toda vez, que fundamenta su
- Invoca en calidad de precedentes contradictorios los Autos Supremos 329 de 29 de agosto de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto al motivo denunciado por la recurrente en sentido que el Auto de Vista
- Resulta necesario señalar que, entre los Autos Supremos invocados por la recurrente, una vez que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
