b) Contra la citada Sentencia, los imputados, Fortunato Fuentes Espinoza y Cinda Avilés de Fuentes,
b) Contra la citada Sentencia, los imputados, Fortunato Fuentes Espinoza y Cinda Avilés de Fuentes, interpusieron recurso de apelación restringida (fs. 223 a 225), resuelto por Auto de Vista de 16 de junio de 2011 (fs. 235 a 237 vta.) que declaró improcedente la apelación planteada y confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 22 de agosto de 2011, cursante de fs
- a) Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia de 16 de marzo
- b) Contra la citada Sentencia, los imputados, Fortunato Fuentes Espinoza y Cinda Avilés de Fuentes,
- c) Notificados los recurrentes con el Auto de Vista recurrido, el 17 de agosto de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto al único motivo, en el que los recurrentes denuncian que el Juzgado de
- Del análisis y consideración del recurso en cuanto al motivo demandado, se tiene el cumplimiento
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
