En casación la recurrente reclama la validez del Informe Social Nº 2/2014, cuestionando su contenido,
CONSIDERANDO II
II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
En casación la recurrente reclama la validez del Informe Social Nº 2/2014, cuestionando su contenido, al señalar que el de cujus convivió con Teodora Mendoza Mamani, hasta el momento de su fallecimiento, por tal motivo se falló en contra del art. 7.II de la CPE y 1 de la Ley de Pensiones referente a los valores de justicia social, equidad y transparencia
II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
En casación la recurrente reclama la validez del Informe Social Nº 2/2014, cuestionando su contenido, al señalar que el de cujus convivió con Teodora Mendoza Mamani, hasta el momento de su fallecimiento, por tal motivo se falló en contra del art. 7.II de la CPE y 1 de la Ley de Pensiones referente a los valores de justicia social, equidad y transparencia
- I
- En conocimiento del citado Auto de Vista, Teodora Mendoza Mamani, interpone recurso de casación, conforme
- Agrega que el Tribunal de Alzada dio por evidente el informe social en cuestión elaborado
- Pide que este Tribunal case el Auto de Vista recurrido, y se le permita demostrar
- En casación la recurrente reclama la validez del Informe Social Nº 2/2014, cuestionando su contenido,
- Por otro lado, resulta evidente que la recurrente durante la tramitación del proceso no demostró
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgredió ni
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contencioso Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
