De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:
a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 001/2011 de 18 de abril (fs. 108 a 112 vta.), la Juez Primero de Sentencia en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Oruro, declaró a Virginia Esther Chungara Villegas de Espinoza, autora de la comisión del delito de Injuria, previsto y sancionado por el art. 287 del CP, imponiéndole la sanción de prestación de trabajo de un mes y multa de treinta días a razón de tres bolivianos por día, mas costas y responsabilidad civil, averiguables en ejecución de Sentencia.
b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada formuló recurso de apelación restringida (fs. 118 a 125), resuelto por Auto de Vista 24/2011 de 24 de octubre, emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, que declaró improcedente el citado recurso y confirmó totalmente la Sentencia apelada, con costas.
c) El 9 de noviembre 2011 (fs. 83), fue notificada la recurrente con el referido Auto de Vista y el 17 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación
- Por memorial presentado el 17 de noviembre de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 4) Sostiene que el Tribunal de alzada omitió efectuar una evaluación integral de los fundamentos
- El art
- forma que todo ciudadano tenga la certeza y seguridad que la norma procesal y material
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A los fines de verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión del presente recurso,
- Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
- De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
