De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
c) Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 20 de septiembre de 2011 (fs. 143), interpuso recurso de casación el 26 de los citados mes y año.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
La recurrente denuncia, que el Auto de Vista impugnado, incurre en revalorización de la prueba, atribución que es únicamente conferida al Tribunal de juicio, quien determinó la absolución de la imputada al no existir participación directa ni indirecta en el ilícito endilgado. Señala que de haberse realizado una revalorización de la prueba, ésta debía ser total y no parcial, que el Tribunal de alzada no hizo una cabal apreciación ni valoración de las pruebas, situación que, a decir de la recurrente, se advierte cuando afirma que el hecho criminal se habría planificado desde la caseta de la imputada Katerin Ivanna Torrico Martínez; contrariando de esta manera la doctrina legal establecida en los Autos Supremos 69 de 20 de marzo de 2006 y 196 de 3 de junio de 2005.
Arguye, que el Auto de Vista carece de una debida fundamentación, por cuanto de manera contradictoria y confusa considera que en la Sentencia apelada sí existía la suficiente fundamentación sobre la participación de Juan Quisbert y no así respecto a la recurrente; empero, no explica el porqué de esa afirmación, tampoco explica bajo qué parámetros se habrían vulnerado los principios de legalidad, verdad material y el debido proceso, incurriendo además en incongruencia entre la parte considerativa y la resolutiva, vulnerando la previsión del art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y contrariando la doctrina establecida en los Autos Supremos 214 de 28 de marzo de 2007, 444 de 15 de octubre de 2005, 431 de 15 de octubre de 2005, 373 de 6 de septiembre de 2006 y 410 de 20 de octubre de 2006
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Bladimir Choque Estrada formuló recurso de apelación
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que la recurrente cumple con el primer requisito
- Al respecto, de la revisión del recurso de casación, se advierte como primer motivo, la
- En cuanto al segundo motivo de reclamo contra el Auto de Vista, la recurrente señala
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
