Auto Supremo AS/0675/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0675/2015

Fecha: 28-Sep-2015

Álvaro Moreira Palenque, en representación de Gonzalo Campero Calzada contestó el recurso de casación interpuesto

Álvaro Moreira Palenque, en representación de Gonzalo Campero Calzada contestó el recurso de casación interpuesto de contrario mediante memorial de fs. 80 a 84 de obrados en la que señaló lo siguiente: a) si bien el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo previsto por el art. 210 del CPT pero no cumple lo establecido por el numeral 2) del art. 258 del CPC, aplicable por permisión del art. 252 del CPT ya que no refiere de manera clara y precisa la ley o leyes violadas o aplicadas erróneamente, menos explica en que consiste la violación, falsedad o error, el memorial del recurso no tiene ningún argumento legal, por lo que debe ser declarado improcedente; b) los de instancia dieron estricta aplicación a los principios del derecho laboral; c) Afirmó que conforme consta a fs. 58 y vta., el proceso fue radicado el 6 de mayo de 2009, hace más de dos años por lo cual la supuesta alteración del orden cronológico no es evidente, por lo expuesto solicito al tribunal de casación declare improcedente el recurso de casación en el fondo o en su caso infundado, con costas y regulación del honorario profesional de acuerdo al arancel mínimo del Colegio de Abogados