Auto Supremo AS/0683/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0683/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art


Respecto al segundo motivo, acusa que se vulneraron los arts. 334, 335 y 336 del CPP, indica también que al respecto no se habría pronunciado el Auto de Vista recurrido, cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 37 de 27 de enero de 2007; advirtiéndose, que sólo transcribe partes de la doctrina legal aplicable del referido precedente, sin establecer de manera clara y fundamentada la posible contradicción entre el referido precedente y la Resolución recurrida de casación, por lo que, al no haberse cumplido con lo previsto por los arts. 416 y 417 del CPP, imposibilita a este Tribunal ingresar a conocer el fondo del recurso, por lo que este motivo también deviene en inadmisible.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Richard Huallpa Camiño de fs. 141 a 143 vta