La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
Respecto al segundo motivo, acusa que se vulneraron los arts. 334, 335 y 336 del CPP, indica también que al respecto no se habría pronunciado el Auto de Vista recurrido, cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 37 de 27 de enero de 2007; advirtiéndose, que sólo transcribe partes de la doctrina legal aplicable del referido precedente, sin establecer de manera clara y fundamentada la posible contradicción entre el referido precedente y la Resolución recurrida de casación, por lo que, al no haberse cumplido con lo previsto por los arts. 416 y 417 del CPP, imposibilita a este Tribunal ingresar a conocer el fondo del recurso, por lo que este motivo también deviene en inadmisible.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Richard Huallpa Camiño de fs. 141 a 143 vta
- Por memorial presentado el 5 de diciembre de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Richard Huallpa Camiño, formuló recurso de apelación
- c) Notificado el acusador con el referido Auto de Vista, el 30 de noviembre de
- De la revisión del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- En primer término, cabe recordar que este Tribunal de manera uniforme y reiterada ha establecido
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Sobre los demás requisitos de admisibilidad se tiene, que el recurrente en el primer motivo
- Si bien denuncia la vulneración del debido proceso y la seguridad jurídica, sin embargo -como
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
