Por memorial presentado el 28 de abril de 2011, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 693/2015-RA-L
Sucre, 21 septiembre de 2015
Expediente: La Paz 93/2011
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Rufino Quispe Durán
Delitos: Falsedad Ideológica y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 28 de abril de 2011, cursante de fs. 496 a 501, Lidia Quispe Durán, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 272/2011 de 19 de marzo de fs. 476 a 478 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la recurrente contra Rufino Quispe Durán, por los presuntos delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 693/2015-RA-L
Sucre, 21 septiembre de 2015
Expediente: La Paz 93/2011
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Rufino Quispe Durán
Delitos: Falsedad Ideológica y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 28 de abril de 2011, cursante de fs. 496 a 501, Lidia Quispe Durán, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 272/2011 de 19 de marzo de fs. 476 a 478 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la recurrente contra Rufino Quispe Durán, por los presuntos delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 28 de abril de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 21 de abril de 2011 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Reitera los motivos de su apelación restringida señalando: a) que el Tribunal A quo no
- Finalmente refiere acompañar copias del Auto de Vista 13/2007 de 12 de marzo y Auto
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo cinco
- Con relación a los demás requisitos de admisibilidad, la parte recurrente esencialmente denuncia que el
- Corresponde señalar que si bien el referido Auto Supremo fue invocado en el recurso de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
