Auto Supremo AS/0698/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0698/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

Del memorial de fs. 227 a 228 vta., se extrae el siguiente motivo


II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial de fs. 227 a 228 vta., se extrae el siguiente motivo:

El recurrente denuncia que el Auto de Vista ahora impugnado, no ingresó a deliberar el fondo de la Sentencia, limitándose a declarar la improcedencia de su alzada por defectos de forma restringiendo su derecho a la defensa en desconocimiento del art. 399 del CPP, ya que si consideraban que incumplía los arts. 407 y 408 del CPP debieron habérselo hecho saber para que los subsane, no así declararlo improcedente por “meras y llanas” (sic) omisiones de forma; sin embargo, se inobservó el debido proceso y los principios de igualdad al no permitirle enmendar omisiones y errores procesales; a cuyo efecto, invocó el Auto Supremo 559 de 1 de octubre de 2004