Por todo lo expuesto, termina peticionando al Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de
Por otro lado señala que al dictarse Resolución el Tribunal de Alzada, tampoco considero que la prohibición que favorecía a mi representada se extinguió en fecha 05 de febrero de 1981, no existiendo en consecuencia motivo para que se disponga que la sociedad comercial proceda a realizar la cancelación de un gravamen extinguido, conculcando de esta manera el art. 1557 del Código Civil.
Por todo lo expuesto, termina peticionando al Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo, declare improbada la demanda y probada las excepciones planteadas, más daños y perjuicios
Por todo lo expuesto, termina peticionando al Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo, declare improbada la demanda y probada las excepciones planteadas, más daños y perjuicios
- Aurelio”
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Por todo lo expuesto, termina peticionando al Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- A tal efecto, diremos que los casos en que procede el recurso de casación en
- De otro lado, cuando se recurre de casación en la forma cuando se han violado
- Y como se manifestó de manera precedente si planteado el recurso de casación en el
- En la sub lite, respecto a los argumentos confusos de fondo del recurso de casación,
- De lo precedentemente expuesto se concluye que el presente recurso no solo adolece en demostrar
- En consecuencia este Tribunal Supremo de Justicia, conforme el razonamiento vertido emite Resolución en la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
