De esta manera, para la procedencia del recurso de casación resulta inexcusable el cumplimiento de
De esta manera, para la procedencia del recurso de casación resulta inexcusable el cumplimiento de lo establecido en el art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, es decir que el recurrente debe citar en términos claros, concretos y precisos la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especificar en qué consistiría la valoración, falsedad o error
- Distrito: Beni
- CONSIDERANDO I:
- El recurrente refiere que el Auto de Vista habría sido lesivo, al no considerar la
- Acusa que el Tribunal de alzada habría realizado una incorrecta valoración del art
- Que el Ad quem no habría valorado ni entendido el art
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De esta manera, para la procedencia del recurso de casación resulta inexcusable el cumplimiento de
- En base a esas consideraciones, corresponde analizar el recurso de casación planteado
- El recurrente expone como infracciones la no consideración de la excepción de prescripción, aspecto de
- De lo que se puede advertir que el recurso carece de técnica recursiva, siendo confusos
- Con este antecedente, toda vez que el recurso carece de una adecuada técnica recursiva y
- Por las razones expuestas, éste Tribunal falla en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
