Por memorial presentado el 18 de noviembre de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 006/2016-RA
Sucre, 18 de enero de 2016
Expediente: Chuquisaca 37/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Jamill Pillco Calvimontes y otro
Delito : Allanamiento de Domicilio y sus Dependencias en grado de Instigación
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de noviembre de 2015, cursante de fs. 740 a 745, Jamil Pillco Calvimontes, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 407/15 de 22 de octubre de 2015, de fs. 721 a 729, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Jamill Pillco Calvimontes y Cristhian Jaime Flores Vedia, por la presunta comisión del delito de Allanamiento de Domicilio y sus Dependencias en grado de Instigación, previsto y sancionado por los arts. 298 con relación al 22, ambos del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 006/2016-RA
Sucre, 18 de enero de 2016
Expediente: Chuquisaca 37/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Jamill Pillco Calvimontes y otro
Delito : Allanamiento de Domicilio y sus Dependencias en grado de Instigación
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de noviembre de 2015, cursante de fs. 740 a 745, Jamil Pillco Calvimontes, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 407/15 de 22 de octubre de 2015, de fs. 721 a 729, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Jamill Pillco Calvimontes y Cristhian Jaime Flores Vedia, por la presunta comisión del delito de Allanamiento de Domicilio y sus Dependencias en grado de Instigación, previsto y sancionado por los arts. 298 con relación al 22, ambos del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 18 de noviembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 10 de noviembre de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Asimismo, fundamenta sobre el derecho a recurrir previsto en el art
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, se establece que el
- En cuanto a los demás requisitos, se advierte que el recurrente cuestiona la decisión asumida
- Pese a ello, también se advierte que el recurrente denuncia la vulneración del debido proceso,
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
