De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
c) Por diligencia de 23 de noviembre de 2015 (fs. 289), el recurrente fue notificado con el referido Auto de Vista y el 30 del mismo mes y año, formuló el recurso de casación que es objeto de análisis de admisibilidad.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) El recurrente refiere que el Auto de Vista justificó la Sentencia en contradicción con los Autos Supremos referidos a la fundamentación en cuanto a la valoración jurídica de la prueba que dice haber analizado, lo cual no es evidente porque se limitó a relacionar lo actuado contra el acusado y no valoró una a una las pruebas producidas y judicializadas por las partes durante la sustanciación del juicio oral, menos aplicó las reglas de la sana crítica, en infracción de los arts. 173 y 370 incs. 5) y 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP)
- Por memorial presentado el 30 de noviembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3) Haciendo referencia a la prescripción, pide se tenga presente el derecho a ser
- Al respecto, señala las Sentencias Constitucionales 0293/2011-R de 29 de marzo, 418/2000-R, 1276/2001-R y 1529/2011
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Por otro lado, en el otrosí de su recurso se limita a señalar como precedentes
- Finalmente, es preciso destacar que en este motivo no se cumple con los aspectos establecidos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
