Por memorial presentado el 2 de octubre de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 028/2016-RA
Sucre, 19 de enero de 2016
Expediente: Santa Cruz 103/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Lidia Aquino Rocha y otro
Delito: Asesinato
RESULTANDO
Por memorial presentado el 2 de octubre de 2015, cursante de fs. 446 a 447 vta., Lidia Aquino Rocha, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 135 de 4 de septiembre de 2015, de fs. 439 a 442, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Romualda Rocha de Janco contra la recurrente y Luís Alberto Méndez Justiniano, por la presunta comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 inc. 2) y 3) del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 028/2016-RA
Sucre, 19 de enero de 2016
Expediente: Santa Cruz 103/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Lidia Aquino Rocha y otro
Delito: Asesinato
RESULTANDO
Por memorial presentado el 2 de octubre de 2015, cursante de fs. 446 a 447 vta., Lidia Aquino Rocha, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 135 de 4 de septiembre de 2015, de fs. 439 a 442, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Romualda Rocha de Janco contra la recurrente y Luís Alberto Méndez Justiniano, por la presunta comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 inc. 2) y 3) del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 2 de octubre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Lidia Aquino Rocha (fs
- c) El 30 de septiembre de 2015 (fs
- Del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 30 de septiembre de 2015 (fs
- En cuanto al único motivo traído en casación, en el que se alega que, en
- A los fines de establecer el cumplimiento o no de los requisitos de formalidad del
- Finalmente, las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
