Con dicha resolución si bien fue notificada el 16 de marzo de 2016 conforme se
Con dicha resolución si bien fue notificada el 16 de marzo de 2016 conforme se advierte a fs. 26, la Administración Aduana Interior Santa Cruz mediante cédula fijada en Secretaria de Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, acusando por ello la incidentista la posible vulneración del derecho al debido proceso, derecho a la información y derecho a la defensa, empero no precisó la forma quebrantada, la restricción o disminución de su derecho a la defensa, como elemento integrante de la garantía jurisdiccional del debido y tampoco explicó el resultado dañoso o consecuencia procesal presuntamente ocasionado, cuya relevancia tenga connotaciones de orden constitucional, de tal modo que dé lugar a que en caso de subsanarse el supuesto acto defectuoso el proceso tenga diferente resultado; en ese sentido, incumplió con la carga procesal de precisar y acreditar en qué medida dicho aspecto incide en la presunta vulneración de su derecho a la defensa consagrado en la Constitución Política del Estado, las Convenciones y Tratados Internacionales vigentes
- CONSIDERANDO I
- El debido proceso, es un principio legal por el cual toda persona tiene derecho a
- La nulidad consiste en la infracción de los actos procésales que se han realizado con
- El Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante Sentencia Constitucional Nº 450/2012 de 29 de junio, determinó: “La
- En cuanto a la nulidad de los actos procesales, complementando el entendimiento establecido en la
- Que de la revisión de obrados informa que mediante Auto Supremo Nº 54 de 19
- Con dicha resolución si bien fue notificada el 16 de marzo de 2016 conforme se
- En consecuencia, corresponde pronunciar resolución de conformidad al art. 154 del CPC
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Se llama severamente la atención al Oficial de Diligencias de esta Sala en cumplimiento de
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
