Que de la revisión de obrados informa que mediante Auto Supremo Nº 54 de 19
II.3 Análisis del incidente de nulidad interpuesto
Que de la revisión de obrados informa que mediante Auto Supremo Nº 54 de 19 de febrero de 2016, que cursa a fs. 26, se declaró la extinción por inactividad del proceso, toda vez que el ultimo actuado procesal fue la admisión a la demanda, ordenando la citación del demandado y tercero interesado, sin que la parte demandante inste a la prosecución del proceso
Que de la revisión de obrados informa que mediante Auto Supremo Nº 54 de 19 de febrero de 2016, que cursa a fs. 26, se declaró la extinción por inactividad del proceso, toda vez que el ultimo actuado procesal fue la admisión a la demanda, ordenando la citación del demandado y tercero interesado, sin que la parte demandante inste a la prosecución del proceso
- CONSIDERANDO I
- El debido proceso, es un principio legal por el cual toda persona tiene derecho a
- La nulidad consiste en la infracción de los actos procésales que se han realizado con
- El Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante Sentencia Constitucional Nº 450/2012 de 29 de junio, determinó: “La
- En cuanto a la nulidad de los actos procesales, complementando el entendimiento establecido en la
- Que de la revisión de obrados informa que mediante Auto Supremo Nº 54 de 19
- Con dicha resolución si bien fue notificada el 16 de marzo de 2016 conforme se
- En consecuencia, corresponde pronunciar resolución de conformidad al art. 154 del CPC
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Se llama severamente la atención al Oficial de Diligencias de esta Sala en cumplimiento de
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
