Que, conforme a las diligencias de notificación de fs
CONSIDERANDO II:
(Análisis de Admisibilidad del Recurso)
Que, conforme a las diligencias de notificación de fs. 1187 y 1191 y los cargos de recepción de los memoriales de recurso de fs. 1189 y 1197, consta que los mismos fueron interpuestos en el plazo establecido por el art. 210 del Código Procesal Laboral ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista
(Análisis de Admisibilidad del Recurso)
Que, conforme a las diligencias de notificación de fs. 1187 y 1191 y los cargos de recepción de los memoriales de recurso de fs. 1189 y 1197, consta que los mismos fueron interpuestos en el plazo establecido por el art. 210 del Código Procesal Laboral ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista
- VISTOS: Los recursos de casación, de fs
- En el caso, los recursos de casación motivo de autos fueron presentados en 1 y
- Que, conforme a las diligencias de notificación de fs
- Asimismo, en cuanto al recurso formulado por el Banco Mercantil Santa Cruz, no obstante
- En consecuencia, el demandado en el punto “error en la apreciación de la prueba” al
- En relación al recurso formulado por la demandante Lusmila Carmen Argote Suarez, la misma cita
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
