Auto Supremo AS/0355/2016-I
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0355/2016-I

Fecha: 26-Oct-2016

CONSIDERANDO II

CONSIDERANDO II:
(Motivos del Recurso de Casación)
Buganvillas Hotel Condominio, en el recurso de casación motivo de autos cita los arts. 3 inc. h), 66 y 150 del CPT y señala que “al dictarse la resolución recurrida no se ha realizado una apreciación de las pruebas presentadas por la empresa, que como tribunal de alzada tenían obligación de compulsarlas…” (Sic). Afirma que: “…conforme está demostrado en el parte de la Caja Nacional de Salud que se acompañó“ (sic), la demandante hizo conocer que tenía un hijo lactante el 19 de julio de 2012, el mismo que habría nacido el 23 de agosto de 2011 por lo que se le canceló subsidio de lactancia del mes de julio y agosto de 2012 al ser julio el décimo primer mes, no adeudándose nada