La recurrente expresa que el Tribunal de apelación denota falta de valoración real y ecuánime,
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACION
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
La recurrente expresa que el Tribunal de apelación denota falta de valoración real y ecuánime, habiéndose basado en supuestos errores que hubiera cometido el inferior, sin fundamento legal alguno, tratando de forzar una anulación con criterios subjetivo; por cuanto, no hace una verdadera valoración ecuánime sobre los supuestos defectos esgrimidos por las recurrentes sobre conceptos generales que el Juez recurrido habría argumentado en la Sentencia, quien valoró el tipo penal de Difamación, conforme dispone el art. 282 del CP; a cuyo efecto, precisa que los testigos de cargo (hijas, sobrinas, primas y una vecina de las acusadoras), dijeron que escucharon una sola vez y en diferentes lugares y fechas, careciendo dichas declaraciones de uniformidad
- Por memorial presentado el 9 de septiembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, Victoria Villanueva Mamani de Mendo y Juana Lourdes Mendo Villanueva,
- c) Por diligencia de 2 de septiembre de 2016 (fs
- La recurrente expresa que el Tribunal de apelación denota falta de valoración real y ecuánime,
- En relación a los términos de “asesina” y “bruja” y el tipo penal de Calumnia,
- Finalmente, la recurrente asegura que el Tribunal de apelación incurrió en suposiciones subjetivas por lo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que Martina Bravo Pinto de Paco, fue notificada
- En relación al único motivo expuesto por la recurrente, se advierte que de manera general
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
