Auto Supremo AS/0385/2016-I
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0385/2016-I

Fecha: 10-Nov-2016

En este contexto, corresponde puntualizar que en el caso de autos, el recurrente planteó recurso

En este contexto, corresponde puntualizar que en el caso de autos, el recurrente planteó recurso de casación en la forma, lo que implica que debió hacer un análisis sobre la existencia de errores "in procedendo” sobre cuestiones que contengan vicios de procedimiento en el trámite o proceso, adecuando el recurso a uno o a todos los presupuestos previsiones del art. 220. III. 1) y 2) del CPC-2013, citando en términos claros, concretos y precisos las normas que se presumen infringidas o violadas, la forma en que han sido vulneradas y la posible solución jurídica a la situación planteada, indicando además las disposiciones contradictorias que contuviera la resolución o en su caso establecer de forma precisa el error de derecho o hecho en la apreciación de las pruebas, hecho que no ocurrió en el caso presente; es más no fundó su recurso de casación en ninguno de los numerales del art. 254 del CPC o en el art. 220 del Código Procesal Civil, sin precisar ni demostrar los errores in procedendo en los que según su criterio incurrió el Tribunal ad quem