Merced a estos parámetros y evidenciándose que el recurso en cuestión no se acomoda a
Merced a estos parámetros y evidenciándose que el recurso en cuestión no se acomoda a las condiciones mínimas que exige la técnica recursiva prevista en el código ritual de la materia lo que hace inviable su consideración, correspondiendo resolver el mismo según lo previsto por el art. 220.I.4 del CPC-2013 aplicable al caso de autos por mandato de la norma remisiva contenida en el art. 252 del CPT
- VISTOS: El memorial de recurso de casación en la forma de fs
- Que, por disposición del art
- En ese contexto, la Ley N° 719 de 6 de agosto de 2015, modificó la
- Dicho recurso, fue interpuesto por escrito dentro del término establecido por el art
- Asimismo, el recurso de casación ya sea en la forma o en el fondo, se
- Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
- En este contexto, corresponde puntualizar que en el caso de autos, el recurrente planteó recurso
- Finalmente corresponde aclarar que, el recurso de casación en la forma intentado, no contiene ninguna
- Merced a estos parámetros y evidenciándose que el recurso en cuestión no se acomoda a
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
