Finalmente corresponde aclarar que, el recurso de casación en la forma intentado, no contiene ninguna
Finalmente corresponde aclarar que, el recurso de casación en la forma intentado, no contiene ninguna norma violado o infringida en la que hubiese incurrido el Tribunal de Alzada; al extremo de que su petitorio es contradictorio cuando solicita la casar en parte el Auto de Vista de 21 de septiembre de 2016 e incongruentemente solicitó se dicte una nueva resolución valorando las pruebas presentadas; aspecto totalmente fuera de lugar, cuando la valoración de la prueba, hace al fondo del asunto y no a la forma; por ello, la jurisprudencia nacional coincidente con los criterios doctrinales del derecho procesal requieren que el recurso de casación no tenga simplemente un carácter indicativo de la ley o leyes violadas, aplicadas falsa o erróneamente, sino que por el contrario sean observaciones precisas, claras y puntuales acerca de los yerros o faltas que se observan y/o acusan; lo que también no ocurre en el caso de autos
- VISTOS: El memorial de recurso de casación en la forma de fs
- Que, por disposición del art
- En ese contexto, la Ley N° 719 de 6 de agosto de 2015, modificó la
- Dicho recurso, fue interpuesto por escrito dentro del término establecido por el art
- Asimismo, el recurso de casación ya sea en la forma o en el fondo, se
- Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
- En este contexto, corresponde puntualizar que en el caso de autos, el recurrente planteó recurso
- Finalmente corresponde aclarar que, el recurso de casación en la forma intentado, no contiene ninguna
- Merced a estos parámetros y evidenciándose que el recurso en cuestión no se acomoda a
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
