Por lo señalado, se concluye que ambos recursos de casación, cumplen con las exigencias
Finalmente solicitó al Tribunal Supremo de Justicia, anule el Auto de Vista recurrido, declarando improbada la demanda.
Por lo señalado, se concluye que ambos recursos de casación, cumplen con las exigencias previstas en el art. 274. I del NCPC
Por lo señalado, se concluye que ambos recursos de casación, cumplen con las exigencias previstas en el art. 274. I del NCPC
- Distrito: Chuquisaca
- VISTOS: Los memoriales de recursos de casación de fs
- CONSIDERANDO I: Que, por disposición del art
- En ese contexto, la Ley N° 719 de 6 de agosto de 2015, modificó la
- En relación al recurso de casación interpuesto por Saturnina Solíz Baptista, dicho recurso, fue interpuesto
- Asimismo, de la lectura integral del memorial del recurso, se advierte que la co-demandada hoy
- Finalmente solicitó al Tribunal Supremo de Justicia, revoquen en su totalidad el Auto de Vista
- En relación al recurso de casación interpuesto por Jesús Marco Antonio Sandoval Castillo, en representación
- Asimismo, de la lectura integral del memorial del recurso, se advierte que el co-demandado hoy
- Por lo señalado, se concluye que ambos recursos de casación, cumplen con las exigencias
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Por consiguiente pase a secretaría para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
