Por memorial presentado el 13 de septiembre de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 871/2016-RA
Sucre, 07 de noviembre de 2016
Expediente: Oruro 31/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Mario Mollo Sayabi y otro
Delito: Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidentes de Tránsito
RESULTANDO
Por memorial presentado el 13 de septiembre de 2016, cursante de fs. 228 a 233 vta. Mario Mollo Sayabi, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 43/2016 de 11 de julio, de fs. 174 a 180 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Carlos Martín Salinas y Fidel Alavia Arteaga en representación del Comando de la Segunda División Andina del Ejército contra la parte recurrente y Waldo Albino Velásquez, por el presunto delito de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidentes de Tránsito, previsto y sancionado por el art. 261 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 871/2016-RA
Sucre, 07 de noviembre de 2016
Expediente: Oruro 31/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Mario Mollo Sayabi y otro
Delito: Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidentes de Tránsito
RESULTANDO
Por memorial presentado el 13 de septiembre de 2016, cursante de fs. 228 a 233 vta. Mario Mollo Sayabi, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 43/2016 de 11 de julio, de fs. 174 a 180 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Carlos Martín Salinas y Fidel Alavia Arteaga en representación del Comando de la Segunda División Andina del Ejército contra la parte recurrente y Waldo Albino Velásquez, por el presunto delito de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidentes de Tránsito, previsto y sancionado por el art. 261 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 13 de septiembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Mario Mollo Sayabi interpuso recurso de apelación restringida
- c) Por diligencia de 6 de septiembre de 2016 (fs
- Del memorial que cursa de fs
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se constata que el recurrente cumplió con el requisito relativo
- El recurrente en el único motivo, esencialmente denuncia que el Tribunal de alzada habría validado
- En relación al Auto Supremo 90 de 20 de febrero de 2008, al haber sido
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
