Auto Supremo AS/0875/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0875/2016-RA

Fecha: 07-Nov-2016

Finalmente, refiere que las medidas no fueron claramente descritas, ya que deberían cumplirse cada quince


Finalmente, refiere que las medidas no fueron claramente descritas, ya que deberían cumplirse cada quince días y al mismo tiempo establecerían que debe cumplirse cada lunes o viernes lo que le causa imprecisión e inviabiliza su cumplimiento, aspectos que no fueron considerados por el Tribunal de juicio ni analizados por el Tribunal de alzada existiendo una clara violación a derechos y garantías constitucionales conculcándose el derecho a la seguridad jurídica en su vertiente del principio de legalidad cuyos matices esenciales son los principios de taxatividad y tipicidad y por ende el debido proceso, a cuyo efecto invoca los Autos Supremos 80 de 24 de mayo de 2005, “290/2005 SALA PENAL PRIMERA”, “226/2005 SALA PENAL SEGUNDA”, y la Sentencia Constitucional 0753/2003-R