Auto Supremo AS/0880/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0880/2016-RA

Fecha: 08-Nov-2016

No obstante de ello, este Tribunal ha establecido en casos excepcionales la flexibilización de los


No obstante de ello, este Tribunal ha establecido en casos excepcionales la flexibilización de los requisitos de admisión ante la denuncia de derechos constitucionales, debiendo estar acompañado por el cumplimiento de mínimos requisitos para su admisibilidad, en el presente motivo se ha provisto los antecedentes de hecho generadores del recurso (al haber reclamado en apelación restringida la inobservancia y errónea aplicación de la norma sustantiva del art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008, el Tribunal de apelación solo realizo una mera relación de hechos, descripción parcializada de pruebas y solo remitirse a conclusiones de la sentencia), precisando el derecho o garantía constitucional vulnerado o restringido (el debido proceso), detallando con precisión en qué consistente la restricción o disminución del derecho o garantía (Al haber emitido una resolución incongruente, contradictoria, realizando solo relación de hechos, transcripción parcial de las pruebas y olvidándose de la adecuada subsunción que debe existir) y explicando el resultado dañoso emergente del defecto [que es un defecto absoluto e insubsanable previsto en el art. 169 inc. 3) del CPP]; consiguientemente, ante el cumplimiento de los supuestos de flexibilización el presente motivo deviene como admisible