Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 883/2016-RA
Sucre, 08 de noviembre de 2016
Expediente: Oruro 34/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Concepción Fernández y otros
Delito: Lesiones graves y Leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2016, cursante de fs. 95 a 103, Margarita Casilla Vásquez, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 9/2016 de 23 de agosto (fs. 79 a 82 vta.), pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la recurrente contra Concepción Fernández Fernández, Edil Quispe Choque y Rene Quispe Choque, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 883/2016-RA
Sucre, 08 de noviembre de 2016
Expediente: Oruro 34/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Concepción Fernández y otros
Delito: Lesiones graves y Leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2016, cursante de fs. 95 a 103, Margarita Casilla Vásquez, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 9/2016 de 23 de agosto (fs. 79 a 82 vta.), pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la recurrente contra Concepción Fernández Fernández, Edil Quispe Choque y Rene Quispe Choque, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- 1) La recurrente como primer motivo de su recurso, denuncia falta de fundamentación del Auto
- 2) Que el Auto de Vista de manera indebida habría convalidado la inobservancia de la
- 3) Finalmente, denuncia que el Auto de Vista recurrido solo se habría limitado a establecer
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que la recurrente en el primer
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
