Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que la recurrente en el primer
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la normativa penal; habida cuenta, que la recurrente fue notificada con la Resolución recurrida de casación el 5 de septiembre de 2016, presentando el recurso de casación el 12 del mismo mes y año; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que otorga la ley.
Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que la recurrente en el primer motivo de su recurso denuncia, falta de fundamentación del Auto de Vista recurrido, indicando que el mismo no habría respondido a los puntos apelados, citando como precedentes contradictorios los Autos Supremos 207/2007 de 28 marzo y 144/2013 de 28 de mayo, señalando como contradicción que los referidos precedentes establecen que debe existir una explicación o justificación racional y completa acerca de los motivos por los cuales se desmerece las alegaciones impugnatorias, situación que a decir de la recurrente es extraña en la resolución recurrida de casación, por cuanto los Vocales, sólo se limitaron a una revisión de los antecedentes del fallo y de los argumentos recursivos, desestimando su pretensión, advirtiéndose con ello que se cumple con todos los presupuestos de admisibilidad, en consecuencia se declara este motivo admisible
- Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- 1) La recurrente como primer motivo de su recurso, denuncia falta de fundamentación del Auto
- 2) Que el Auto de Vista de manera indebida habría convalidado la inobservancia de la
- 3) Finalmente, denuncia que el Auto de Vista recurrido solo se habría limitado a establecer
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que la recurrente en el primer
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
