Auto Supremo AS/0897/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0897/2016-RA

Fecha: 14-Nov-2016

Regístrese, hágase saber y cúmplase


No obstante lo señalado, no puede soslayarse que el recurrente denuncia la violación del derecho a la defensa y el debido proceso, a tiempo de denunciar como hecho generador del recurso que la resolución emitida por el Tribunal de alzada carece de fundamentación legal y suficiente, además de congruencia en la resolución de su recurso de apelación restringida, en particular sobre los dos aspectos identificados en el acápite II de la presente resolución, por lo que acudiendo a los presupuestos de flexibilización identificados en la última parte del punto anterior de este fallo, corresponde aperturar de forma excepcional la competencia de este Tribunal, para resolver en el fondo la denuncia vinculada a la existencia de posibles defectos absolutos en la emisión del Auto de Vista impugnado.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Florentino Ballesteros Chicche, cursante de fs. 245 a 250; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.

Regístrese, hágase saber y cúmplase