2)Por otro lado, denuncia errónea aplicación de la ley adjetiva penal, al resolver por la
2)Por otro lado, denuncia errónea aplicación de la ley adjetiva penal, al resolver por la aplicación del procedimiento abreviado sin considerar la oposición fundada de la víctima, ni lo establecido en el art. 373. III) del Código de Procedimiento Penal (CPP), situación que a criterio de la parte recurrente, se traduciría en un defecto absoluto por vulneración del acceso a la justicia y tutela judicial efectiva de la víctima, respecto a lo cual el Auto de Vista recurrido sólo se remitió a transcribir y citar las actuaciones judiciales por las cuales por las cuales se declaró infundada la oposición al procedimiento abreviado, omitiendo la debida fundamentación y motivación traducida en la expresión de las razones de hecho y de derecho que impulsó la confirmación de dicho fallo penal, lo que constituye defecto absoluto por vulneración de derechos superlativos de la víctima, por lo que asevera que el auto de Vista recurrido, adolece de motivación y fundamentación, lo que tilda de defecto absoluto. Cita le Auto Supremo 319/2012
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, Freddy Cesar Huanca Alfaro en representación de la víctima Ingrid Lizeth
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Por otro lado, denuncia errónea aplicación de la ley adjetiva penal, al resolver por la
- 3)El fallo impugnado adolece de incongruencia al referirse en su considerando primero, que el recurso
- El art
- la de sentar y uniformar jurisprudencia, resultando en el caso particular de las Salas Penales,
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- Inicialmente se observa, que el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo establecido por
- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que la parte recurrente como primer
- Al respecto, para resolver la admisibilidad o inadmisibilidad de este motivo, previamente es necesario establecer
- En ese entendido, en art
- En ese contexto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en
- Por otra parte, cabe destacar que el art
- lesivo de los derechos superlativos de la víctima, advirtiéndose que si bien se cita una
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
