Auto Supremo AS/0919/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0919/2016-RA

Fecha: 23-Nov-2016

lesivo de los derechos superlativos de la víctima, advirtiéndose que si bien se cita una


En el caso de autos, la recurrente interpone recurso de casación, contra el Auto de Vista que resolvió el recurso de apelación incidental interpuesto contra la aceptación de la excepción de falta de acción por ausencia de legitimación del acusador particular. Por lo precisado anteriormente y en consideración a los arts. 394 y 403 inc. 5) del CPP, no es viable que el Auto de Vista que resuelva una apelación incidental, pueda ser impugnado mediante el recurso de casación, pues el Tribunal Supremo carece de competencia para pronunciarse al respecto, por cuanto esta clase de Resoluciones sólo admiten el recurso de apelación incidental sin recurso ulterior en la vía ordinaria, deviniendo en consecuencia este motivo en inadmisible.

Respecto al segundo motivo, la parte recurrente denuncia que, respecto al motivo de apelación restringida, referida a la errónea aplicación de la ley adjetiva penal, en cuanto a la aplicación del procedimiento abreviado sin considerar la oposición de la víctima ni que la aplicación del procedimiento común permitiría un menor conocimiento de los hechos, el Auto de Vista recurrido, lo habría resuelto sin una debida motivación y fundamentación, lo que tilda de defecto absoluto,



lesivo de los derechos superlativos de la víctima, advirtiéndose que si bien se cita una parte del Auto Supremo 319/2012; sin embargo, no cumple con la carga procesal de señalar su presunta contradicción con la resolución recurrida de casación, omisión que no puede ser suplida por este Tribunal