CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II:
Que, el recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por la Coop. de Ahorro y Crédito Abierta San Antonio Ltda. Representa legalmente por Karina Heidy Pardo Valenzuela, cursante a fs. 1364-1368; cita de manera correcta los datos de identificación del Auto de Vista recurrido Nº 260/2014 de 13 de noviembre, resolución con la que fue notificada la Coop. de Ahorro y Crédito Abierta San Antonio Ltda., diligencia realizada en fecha 04 de septiembre de 2015, cursante a fs. 1349 de obrados; e interponer ésta a través de su representante legal, el recurso de casación en la forma y en el fondo en fecha 16 de septiembre del mismo año, conforme consta del timbre electrónico de fs. 1364, dentro del plazo establecido por Ley, de conformidad al art. 210 del CPT, en concordancia con el art. 90 en sus parágrafos I,II y III del CPC-2013, y con la permisibilidad establecida en el art. 252 de la norma adjetiva laboral
Que, el recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por la Coop. de Ahorro y Crédito Abierta San Antonio Ltda. Representa legalmente por Karina Heidy Pardo Valenzuela, cursante a fs. 1364-1368; cita de manera correcta los datos de identificación del Auto de Vista recurrido Nº 260/2014 de 13 de noviembre, resolución con la que fue notificada la Coop. de Ahorro y Crédito Abierta San Antonio Ltda., diligencia realizada en fecha 04 de septiembre de 2015, cursante a fs. 1349 de obrados; e interponer ésta a través de su representante legal, el recurso de casación en la forma y en el fondo en fecha 16 de septiembre del mismo año, conforme consta del timbre electrónico de fs. 1364, dentro del plazo establecido por Ley, de conformidad al art. 210 del CPT, en concordancia con el art. 90 en sus parágrafos I,II y III del CPC-2013, y con la permisibilidad establecida en el art. 252 de la norma adjetiva laboral
- VISTOS: Los recursos de casación interpuestos, el primero por la Coop
- En la materia, existe la norma adjetiva específica para su aplicación, el Código Procesal
- CONSIDERANDO II
- Que, el recurso de casación en el fondo interpuesto por José Miguel Arandia Pariente, cursante
- CONSIDERANDO III
- Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad en los recursos planteados, procédase a
- POR TANTO: La Sala Contenciosos y Contenciosa Adm
- Firmado
