CONSIDERANDO III
CONSIDERANDO III:
Que, ambos recursos de casación, expresan con claridad las leyes acusadas de infringidas, violadas o aplicadas de manera indebida o erróneamente interpretadas, especificándose en qué consisten estas acusaciones; siendo así, y cumplidos los requisitos exigidos en el art. 274 del CPC-2013; del examen efectuado conforme el art. 277-I del mismo cuerpo legal, se determina la admisibilidad de los recursos de casación, cursantes a fs. 1364-1368 y 1374-1378 respectivamente, elaborados antes de la vigencia plena del CPC-2013, por lo que en consecuencia, y con la finalidad de dar cumplimiento al art. 277 del referido cuerpo legal, es imperativo contrastar estos escritos con los requisitos previstos en el art. 258 del CPC-1975, estableciéndose que los mismos cumplen a cabalidad con los requisitos de admisibilidad formal previstos en el referido cuerpo legal, como ser: citar en términos claros, concretos y precisos las leyes erróneamente aplicadas
Que, ambos recursos de casación, expresan con claridad las leyes acusadas de infringidas, violadas o aplicadas de manera indebida o erróneamente interpretadas, especificándose en qué consisten estas acusaciones; siendo así, y cumplidos los requisitos exigidos en el art. 274 del CPC-2013; del examen efectuado conforme el art. 277-I del mismo cuerpo legal, se determina la admisibilidad de los recursos de casación, cursantes a fs. 1364-1368 y 1374-1378 respectivamente, elaborados antes de la vigencia plena del CPC-2013, por lo que en consecuencia, y con la finalidad de dar cumplimiento al art. 277 del referido cuerpo legal, es imperativo contrastar estos escritos con los requisitos previstos en el art. 258 del CPC-1975, estableciéndose que los mismos cumplen a cabalidad con los requisitos de admisibilidad formal previstos en el referido cuerpo legal, como ser: citar en términos claros, concretos y precisos las leyes erróneamente aplicadas
- VISTOS: Los recursos de casación interpuestos, el primero por la Coop
- En la materia, existe la norma adjetiva específica para su aplicación, el Código Procesal
- CONSIDERANDO II
- Que, el recurso de casación en el fondo interpuesto por José Miguel Arandia Pariente, cursante
- CONSIDERANDO III
- Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad en los recursos planteados, procédase a
- POR TANTO: La Sala Contenciosos y Contenciosa Adm
- Firmado
