VISTOS: El testimonio remitido por Sala Civil, respecto a un incidente de recusación, lo previsto
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 60
Sucre, 19 de febrero de 2016
Expediente: T-3/2015-C
Demandante: Industrias Agrícolas de Bermejo
Demandado: Jaime Fructuoso Ávila Balderrama
Magistrado Relator : Dr. Jorge I. von Borries Méndez
VISTOS: El testimonio remitido por Sala Civil, respecto a un incidente de recusación, lo previsto en el Acuerdo Nº 01/2016, emitido por sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, demás antecedentes, y:
CONSIDERANDO I:
Que Jaime Fructuoso Ávila Balderrama por escrito de fs. 53 a 54 del testimonio, dentro el presente proceso ordinario, en vía incidental recusó a todos los magistrados miembros de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, manifestando que estas dos autoridades judiciales habrían incurrido en las causales previstas en el art. 347 numerales 4 y 8 del Código Procesal Civil
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 60
Sucre, 19 de febrero de 2016
Expediente: T-3/2015-C
Demandante: Industrias Agrícolas de Bermejo
Demandado: Jaime Fructuoso Ávila Balderrama
Magistrado Relator : Dr. Jorge I. von Borries Méndez
VISTOS: El testimonio remitido por Sala Civil, respecto a un incidente de recusación, lo previsto en el Acuerdo Nº 01/2016, emitido por sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, demás antecedentes, y:
CONSIDERANDO I:
Que Jaime Fructuoso Ávila Balderrama por escrito de fs. 53 a 54 del testimonio, dentro el presente proceso ordinario, en vía incidental recusó a todos los magistrados miembros de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, manifestando que estas dos autoridades judiciales habrían incurrido en las causales previstas en el art. 347 numerales 4 y 8 del Código Procesal Civil
- VISTOS: El testimonio remitido por Sala Civil, respecto a un incidente de recusación, lo previsto
- Que las dos autoridades recusadas, mediante resolución judicial de 3 de febrero de fs
- Que, en mérito de los antecedentes el Secretario de la Sala Civil, da cumplimiento a
- -Numeral 4 que dispone “La enemistad, odio o resentimiento de la autoridad judicial con alguna
- -Numeral 8 que dispone: “Haber manifestado criterio sobre la justicia o injusticia del litigio que
- En relación a la primera causal de recusación, las dos autoridades judiciales, por resolución de
- Que a criterio de este Tribunal los argumentos expuestos en la resolución de fs
- Que ese entendimiento explicado por las autoridades recusadas, no es coherente al principio de legalidad
- Que, por todo lo explicado y analizado por el Tribunal en instancia de revisión del
- Por secretaría se dispone la devolución del presente testimonio de fotocopias legalizadas a la Sala
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
