Por memorial presentado el 22 de diciembre de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 135/2016-RA
Sucre, 22 de febrero de 2016
Expediente: Pando 2/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Ervin Apuri Saucedo
Delito: Abuso Sexual
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de diciembre de 2015, cursante de fs. 93 a 94, Ervin Apuri Saucedo, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 10 de diciembre de 2015 de fs. 87 a 90, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 135/2016-RA
Sucre, 22 de febrero de 2016
Expediente: Pando 2/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Ervin Apuri Saucedo
Delito: Abuso Sexual
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de diciembre de 2015, cursante de fs. 93 a 94, Ervin Apuri Saucedo, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 10 de diciembre de 2015 de fs. 87 a 90, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 22 de diciembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia el imputado Ervin Apuri Saucedo, interpuso recurso de apelación restringida
- c) El 16 de diciembre de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae los siguientes motivos
- Alega que las mencionadas consideraciones no fueron sustentadas con jurisprudencia y no mencionó precedente contradictorio,
- Refiere que no fueron tomados en cuenta los precedentes contradictorios siguientes: a) El Auto Supremo
- Señala que el Auto de Vista, ahora impugnado, hizo revalorización de las pruebas, al especificarlas
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 16 de diciembre de 2015, el
- Respecto a los demás requisitos, se observa que la recurrente denuncia
- b) Respecto a lo que el recurrente señala como el fondo del recurso, arguye que
- Por otra parte, respecto a que la determinación del Tribunal de Apelación, debió estar fundado,
- En mérito a lo expuesto, y conforme lo señala el párrafo tercero del art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
