Cítese al señor Fiscal General para que conteste en el plazo de diez días
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del artículo 423 del Código de Procedimiento Penal, ADMITE el recurso de revisión de sentencia condenatoria ejecutoriada, incoada por Yhoselin Illanes Martínez en todo cuanto hubiera lugar en derecho y dispone que el Juzgado Quinto de Partido Penal y de Sustancias Controladas - Liquidador y de Sentencia de la ciudad de Cochabamba remita los antecedentes originales, sea en el plazo de cinco días. Al efecto, líbrese provisión citatoria, comisionando su diligenciamiento a la Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
Cítese al señor Fiscal General para que conteste en el plazo de diez días
Cítese al señor Fiscal General para que conteste en el plazo de diez días
- AUTO SUPREMO: 33/2016
- FECHA:Sucre, 3 de marzo de 2016
- EXPEDIENTE Nº:41/2015
- PROCESO:Revisión Extraordinaria de Sentencia
- VISTOS: El recurso de revisión extraordinaria de sentencia de fojas 25 a 27 presentado por
- Que: i) conforme su declaración informativa, en fecha 24 de noviembre de 2011, se establece
- La petición de revisión de la sentencia condenatoria ejecutoriada, la realiza con base en la
- En la misma línea, sostiene que el art
- Concluye solicitando, que se admita el recurso y se anule la Sentencia 16/2013 de 12
- Por otra parte, por memorial presentado el 16 de febrero del año en curso, subsanado
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del memorial del recurso presentado y de la documental
- Cítese al señor Fiscal General para que conteste en el plazo de diez días
- Para su consideración oportuna, arrímese a sus antecedentes la prueba adjunta al memorial de fs
- Por señalado el domicilio procesal
- Sala Plena
